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LoviX Abogados

Todo sobre los ERTES

En primer lugar de todo, trataremos de explicar y clarificar QUÉ es el famoso ERTE y CUALES son nuestros derechos ante el mismo.

Lo primero de todo, un ERTE no consiste en ningún tipo de despido, sino en una SUSPENSIÓN temporal de empleo. Por ello, y al no tratarse como tal de un despido, no tendremos derecho a indemnización alguna. Sin embargo, a lo que si tendremos derecho será a cobrar la prestación por desempleo, hayamos o no cotizado el periodo mínimo requerido. Una vez finalizado dicho ERTE se repondrá el paro consumido durante el mismo.


Las cantidades máximas a cobrar serán:


Sin hijos a cargo – 1.098,09€

Con 1 hijo a cargo – 1.254,96€

Con 2 hijos a cargo – 1.411,83€


Las diferencias a poder negociar con la empresa en caso de aplicarnos un ERTE son básicamente 4:


1º Que le afecte a toda la plantilla por igual. Que toda la plantilla vaya el mismo número de días al paro. Puede ser también que se aplique el ERTE de forma rotatoria.


2º Que os mantengan el 100% de las vacaciones anuales como si no hubiera habido ERTE (durante el ERE no se genera vacaciones)


3º Que os paguen el 100% de las pagas extras (ya que mientras estas en el ERTE no generas la parte proporcional).


4º Pedir un complemento salarial para mejorar lo que se va a cobrar del paro. Por ejemplo hasta el 100% del salario total (No tiene por qué suspenderse el contrato a jornada completa, se puede reducir e ir al paro por ejemplo 3 horas y trabajar 5 (se cobraría del paro y de la empresa). Por lo que sería un ERTE de reducción de jornada).


En caso de encontrarse el trabajador actualmente de baja laboral y ser incluido en el ERTE, este le afectará desde el momento en el que se dé nuevamente de alta. En caso de estar de vacaciones, cuando apliquen el ERTE dejará de disfrutarlas y comienza a aplicarse dicho ERTE.




Hay otras alternativas posibles cuando se negocia con la empresa, como pueden ser las siguientes:


Permiso retribuido

Sería lo mejor para el trabajador. El empleado no va a trabajar y sigue cobrando su salario normalmente.




Permiso no retribuido

El empleado deja de ir a trabajar, pero NO cobra nada de su salario.



Reducción de jornada

Se reduce la jornada en un número de horas y el salario en la parte proporcional.


Jornada irregular o bolsa de horas

Se sigue trabajando, pero no la jornada completa. Las horas no trabajadas se acumulan para recuperarlas en el futuro.


Vacaciones

Tan solo si el empleado está de acuerdo, puede disfrutar de sus vacaciones correspondientes durante este periodo.


Teletrabajo

El empleado trabaja desde casa y cobrará el 100% del salario.


En cualquier caso, es la empresa quien debe tramitar dicho ERTE con el SEPE. Para cualquier consulta o duda al respecto de este o cualquier otro asunto, puede ponerse en contacto con nuestro bufete Lovix Abogados y estaremos encantados de poder responderle y ayudarle en todo lo necesario.

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